Cómo retirar las cesantías en Colombia en 2026
Las cesantías son una prestación social equivalente, por regla general, a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional por fracción. Pueden retirarse totalmente cuando termina el contrato y, mientras continúa la relación laboral, parcialmente para finalidades autorizadas como vivienda o educación.
Retiro total por terminación del contrato
Cuando termina el contrato de trabajo por una causa distinta de la muerte del trabajador, el Decreto 1562 de 2019 establece que para retirar las sumas abonadas al fondo basta la solicitud del afiliado acompañada de una prueba, al menos sumaria, de la terminación del contrato.
Retiro parcial para vivienda
Mientras sigues empleado, las cesantías pueden utilizarse para finalidades de vivienda permitidas por la ley, entre ellas:
- Adquisición de vivienda.
- Construcción en terreno propio.
- Mejoras, reparación o ampliación de vivienda.
- Liberación de gravámenes o pago de obligaciones relacionadas con vivienda cuando el supuesto legal lo permita.
Retiro parcial para educación
También puede solicitarse para educación conforme a la regulación aplicable, incluida educación superior del trabajador, su cónyuge/compañero permanente, hijos o dependientes en los casos permitidos. Para determinadas modalidades el pago se realiza directamente a la institución educativa o entidad correspondiente.
Proceso general para retiro parcial
- Presenta la solicitud al empleador indicando el motivo y valor del retiro.
- Anexa los soportes de vivienda o educación exigidos para el caso.
- El empleador verifica que se cumplan los requisitos legales.
- Presenta la solicitud ante tu fondo de cesantías con la autorización o documentación correspondiente.
- Atiende cualquier requerimiento de documentos adicionales.
- Una vez cumplidos todos los requisitos, el fondo o empleador debe efectuar el pago dentro del término legal.
¿Cuánto tarda el pago?
El Decreto 1562 de 2019 dispone que el Fondo de Cesantías o el empleador, según corresponda, debe realizar el pago dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que el trabajador haya presentado la solicitud cumpliendo todos los requisitos exigidos.
¿Cuánto cuestan estos trámites?
La guía de LegalApp del Ministerio de Justicia indica que el procedimiento de retiro para vivienda o educación no tiene costo y no requiere abogado.
Intereses sobre las cesantías: no los confundas con la rentabilidad del fondo
El empleador debe reconocer y pagar al trabajador intereses del 12% anual sobre el saldo de cesantías causado al 31 de diciembre, de manera proporcional cuando corresponda. Estos intereses son una prestación distinta de los rendimientos que pueda generar el dinero administrado por el fondo de cesantías.
Cuándo debe consignar el empleador
En el régimen anualizado de cesantías, el empleador debe consignar el valor causado al fondo antes del 15 de febrero del año siguiente, es decir, a más tardar el 14 de febrero cuando corresponda.
Documentos
Los soportes dependen del motivo. Para vivienda pueden solicitarse documentos como promesa de compraventa, certificado de tradición, contrato de obra u otros soportes. Para educación pueden exigirse matrícula, carta de admisión y prueba del parentesco cuando el beneficiario no sea el trabajador. Consulta siempre la lista actual de tu fondo antes de radicar.