Matrimonio civil en Colombia 2026: requisitos y cómo hacerlo
El matrimonio civil puede celebrarse ante notario o ante juez civil municipal. Desde la Ley 2447 de 2025, la capacidad para contraer matrimonio corresponde únicamente a personas mayores de 18 años.
¿Quién puede celebrar el matrimonio?
El matrimonio civil puede celebrarse ante un notario o un juez civil municipal. La solicitud y sus anexos deben cumplir los requisitos legales aplicables al estado civil de cada contrayente.
Edad mínima en 2026
La Ley 2447 de 2025 modificó el artículo 116 del Código Civil y estableció que solo los mayores de 18 años tienen capacidad para contraer matrimonio. Por ello no debe seguirse información antigua que permita matrimonio de menores mediante autorización de padres o tutores.
Qué debe incluir la solicitud
- Nombres y apellidos de los contrayentes.
- Documentos de identidad.
- Lugar de nacimiento, edad y domicilio.
- Manifestación de que no existe impedimento legal para casarse.
- Declaración expresa de voluntad de contraer matrimonio.
- Información sobre hijos cuando corresponda.
Documentos habituales
Los anexos dependen de la situación de cada persona. Entre los documentos que puede requerir el trámite están:
- Registros civiles de nacimiento recientes de los contrayentes.
- Documentos de identidad.
- Si hubo matrimonio anterior, documentos que acrediten su terminación o el fallecimiento del cónyuge anterior, según el caso.
- Documentos relacionados con hijos cuando sean necesarios para el trámite.
- Inventario solemne de bienes en los supuestos legales aplicables cuando alguno de los contrayentes administra bienes de hijos menores.
Matrimonio ante notaría
- Presenta la solicitud y los documentos ante la notaría.
- El notario revisa que los requisitos estén completos.
- Cuando todo está conforme, se programa y celebra el matrimonio.
- Se extiende y autoriza la escritura pública correspondiente.
- El matrimonio debe quedar inscrito en el registro civil.
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Matrimonio ante juez civil municipal
El Ministerio de Justicia indica que los contrayentes pueden acudir al juez civil municipal con los mismos requisitos generales. Si se cumplen, el juez fija fecha y hora para la celebración. Esta vía se presenta como gratuita en LegalApp.
¿Necesito abogado?
Para el trámite ordinario de matrimonio civil, el Ministerio de Justicia indica que no es obligatorio contar con abogado. La solicitud puede presentarse por los interesados, aunque también puede intervenir un abogado si lo desean.
Registro civil del matrimonio
Celebrar el matrimonio y registrarlo son pasos relacionados pero distintos. La inscripción en el Registro Civil de Matrimonio permite dar publicidad y prueba de la existencia del vínculo. Si el matrimonio se celebra ante notario, el documento antecedente para la inscripción es la escritura pública; si fue ante juez civil municipal, el documento antecedente es el acta respectiva.
Si ya estás casado y lo que necesitas es inscribir el acto o conseguir el registro, consulta nuestra guía de Registro Civil de Matrimonio.
Matrimonio celebrado en el exterior
Para inscribir en Colombia un matrimonio celebrado en otro país, la Registraduría exige el registro civil extranjero debidamente apostillado o legalizado y traducido al español cuando corresponda.