Cómo inscribir un matrimonio en el registro civil en 2026

Esta guía trata de la inscripción del matrimonio ya celebrado, no de los requisitos para casarse. El registro civil permite dar publicidad y probar jurídicamente la existencia del matrimonio.

Corrección: la versión anterior mezclaba este trámite con la celebración del matrimonio e incluía certificados médicos prenupciales, precios, testigos y plazos que no pertenecen a la inscripción registral.
¿Aún no te has casado? Si buscas requisitos, precio o cómo celebrar el matrimonio, consulta Matrimonio civil en Colombia 2026. Esta página explica la inscripción de un matrimonio ya celebrado.

Qué matrimonios deben inscribirse

Se registran los matrimonios civiles y religiosos que cumplen los requisitos legales, incluidos los celebrados en Colombia y, cuando corresponda, los celebrados en el extranjero que deban producir efectos registrales en Colombia.

Documento antecedente según el tipo de matrimonio

Matrimonios de parejas del mismo sexo

La Registraduría dispone expresamente que los matrimonios civiles entre parejas del mismo sexo se inscriben en igualdad de condiciones, conforme a la Sentencia SU-214 de 2016 y las reglas registrales aplicables.

¿Dónde se hace la inscripción?

Presenta el documento antecedente ante una oficina competente de registro civil. Si el matrimonio se celebró en el extranjero, también puede intervenir el consulado colombiano correspondiente conforme al caso.

Una inscripción, no dos registros separados

Si los mismos contrayentes celebran un matrimonio civil y posteriormente uno religioso —o viceversa—, la Registraduría aplica el principio de unicidad: si ya existe una inscripción, el nuevo acto puede incorporarse mediante nota de complementación en lugar de abrir un segundo registro independiente.

Copias del registro

Una vez inscrito el matrimonio, las copias se solicitan por los canales de registro civil. En 2026 la tarifa de copia física es $10.800 COP y la copia en línea cuesta $18.750 COP cuando el registro está digitalizado.

Fuentes oficiales