Unión libre en Colombia 2026: cómo declararla y cuándo importan los 2 años

La unión marital de hecho es la comunidad de vida permanente y singular formada por dos personas sin estar casadas entre sí. No existe un requisito general de dos años para que nazca la unión marital de hecho. El plazo de dos años es relevante para la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes.

Respuesta rápida: si ambos están de acuerdo, la unión marital de hecho puede declararse ante notaría o centro de conciliación. Si no hay acuerdo, puede solicitarse ante un juez de familia. Los dos años no son un requisito general para que exista la unión; son relevantes para la sociedad patrimonial.
Resumen:
  • Hay acuerdo: puede declararse ante notaría o centro de conciliación.
  • No hay acuerdo: puede solicitarse la declaración ante juez de familia.
  • Los 2 años: no son un requisito general para que exista la unión marital de hecho; son relevantes para la sociedad patrimonial.
  • Edad: desde la Ley 2447 de 2025 los efectos civiles de esta figura corresponden a mayores de 18 años.

Cómo declararla si ambos están de acuerdo

Los compañeros pueden acudir a una notaría o a un centro de conciliación para formalizar la declaración. Dependiendo del mecanismo elegido, la existencia queda acreditada mediante escritura pública o acta de conciliación.

Si no hay acuerdo

La existencia de la unión puede solicitarse ante un juez de familia mediante el proceso correspondiente, aportando las pruebas de la convivencia permanente y singular. En esa vía puede ser necesaria representación por abogado según el trámite.

¿Cuándo aparece la sociedad patrimonial?

Es una figura distinta. La Ley 54 de 1990 establece condiciones para presumir y declarar la sociedad patrimonial, entre ellas una unión marital de hecho de al menos dos años. Si existe impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o ambos compañeros, hay reglas adicionales respecto de sociedades conyugales previas.

¿Qué pasa si uno de los compañeros está casado?

No debe resumirse como “si está casado no puede existir unión libre”. La existencia de una relación permanente y singular y los efectos patrimoniales son cuestiones distintas. Una sociedad conyugal anterior puede afectar la posibilidad de declarar la sociedad patrimonial y debe analizarse según el caso.

Edad mínima y reforma de 2025

La Ley 2447 de 2025 modificó la Ley 54 de 1990 para señalar que, para efectos civiles, son compañeros permanentes los mayores de 18 años que forman una unión marital de hecho. Cuando uno o ambos son menores, deben activarse mecanismos de restablecimiento de derechos y no se reconocen los mismos efectos civiles.

Registro de la declaración

Una vez declarada la unión marital de hecho, la información debe incorporarse en los registros civiles correspondientes conforme a las reglas de registro del estado civil.

¿Cuánto cuesta?

No publicamos una tarifa fija. Las notarías y centros de conciliación privados pueden cobrar los derechos o tarifas aplicables al trámite. La cuantía puede variar según el servicio solicitado y si además se declara, disuelve o liquida una sociedad patrimonial.

Terminar la unión y sociedad patrimonial

La terminación de la convivencia y la liquidación de una eventual sociedad patrimonial no son exactamente el mismo trámite. Cuando existe acuerdo, pueden utilizarse mecanismos notariales o de conciliación; cuando hay conflicto, puede ser necesario acudir al juez de familia. La acción relacionada con la sociedad patrimonial tiene plazos legales que conviene revisar inmediatamente tras la separación o fallecimiento.

Fuentes oficiales