Cómo afiliarse a una EPS en Colombia en 2026
La afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud se realiza a través del régimen contributivo o del régimen subsidiado, según la situación de la persona. La EPS debe estar autorizada y operar en el municipio de residencia.
Régimen contributivo
Aplica principalmente a trabajadores dependientes, independientes con capacidad de pago, pensionados y sus beneficiarios, según las reglas del sistema. El trabajador tiene derecho a escoger una EPS habilitada en su zona.
Régimen subsidiado
Está dirigido a población que no puede asumir la cotización completa y a poblaciones especiales conforme a la normativa. La clasificación Sisbén y otras condiciones de focalización pueden ser relevantes. Para determinados hogares del grupo D existe además el mecanismo de contribución solidaria.
Cómo realizar la afiliación
El Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades fue actualizado por el Ministerio mediante la Resolución 1823 de 2024, que derogó la versión anterior del formulario.
- Identifica si te corresponde régimen contributivo, subsidiado o una modalidad especial.
- Consulta las EPS vigentes que operan en tu municipio.
- Elige la EPS y completa el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades o utiliza el Sistema de Afiliación Transaccional cuando el trámite esté disponible.
- Incluye correctamente a los miembros de tu núcleo familiar que tengan derecho a ser beneficiarios.
- Comprueba después tu afiliación en ADRES y, si existe una inconsistencia, repórtala a la EPS o entidad que transmitió el dato.
Mi Seguridad Social
El portal Mi Seguridad Social permite realizar diferentes novedades y trámites de afiliación en línea. Utiliza siempre el portal oficial y evita intermediarios que cobren por gestiones que puedes iniciar directamente.
Cómo comprobar que quedaste afiliado
ADRES ofrece una consulta pública y gratuita de la BDUA donde puedes ver la EPS activa, el régimen y el estado de aseguramiento reportado.
Beneficiarios del régimen contributivo
Entre los posibles beneficiarios están el cónyuge o compañero permanente, hijos menores de 25 años que dependan económicamente y determinados hijos con incapacidad permanente, además de otros supuestos previstos por el Decreto 780 de 2016.